Quiero pagar la renta
Pago de renta con problemas tras cambio de dueño
En ocasiones, tras un cambio de propietario del inmueble, el arrendatario puede encontrar dificultades para pagar la renta, ya sea porque el nuevo arrendador rechaza el cobro o porque no está claro a quién debe abonarla (por ejemplo, en casos de herencia aún no resuelta).
En estas situaciones, el temor del arrendatario surge porque, ante el impago, el arrendador puede presentar contra él una demanda de desahucio y verse obligado a dejar el inmueble.
Pues bien, para estos casos existe la vía de la consignación, esto es, un mecanismo que permite al arrendatario cumplir con el pago de la renta cuando el arrendador no quiere o no puede cobrarla. Aunque la consignación puede hacerse en un juzgado o ante notario, la consignación judicial es más conveniente porque no implica ningún coste para el arrendatario (no es necesario ni abogado ni procurador).
No obstante, antes de acudir al juzgado, la ley exige que ofrezca el pago al arrendador, lo cual puede hacerse mediante un medio fehaciente (por ejemplo, un burofax). Si el arrendador rechaza el pago o no dice nada, podrá presentarse un escrito en el juzgado donde se expondrán los hechos y se solicitará la apertura de un “expediente de jurisdicción voluntaria”.
Una vez iniciado este expediente, el juzgado comunicará al arrendador que la renta está consignada y que tiene diez días para aceptarla y retirarla. Si éste se opone o no responde, el juzgado le requerirá a usted para que decida si la retira o la mantiene. Lo aconsejable es comunicar al juzgado que la mantenga, así quedará clara su voluntad de pago. Tras dicho trámite, el juzgado les citará y resolverá si la consignación está bien hecha. En caso afirmativo, usted quedará libre de cualquier responsabilidad frente al arrendador.
Nuestros profesionales le asesorarán y ayudarán a seguir los pasos correspondientes en caso de que usted sea arrendatario y se encuentre en una situación similar.
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